En línea con los esfuerzos mundiales para reducir los residuos electrónicos y mejorar la comodidad del usuario, Chile ha promulgado una nueva ley que exige la interoperabilidad entre dispositivos móviles y cargadores.
La Ley Nº 21.695 , publicada en octubre de 2024, modifica la Ley de Defensa del Consumidor del país (Ley Nº 19.496) introduciendo el artículo 12 C, que establece un principio claro:
Un cargador, múltiples dispositivos.
Requisitos clave:
- USB Tipo-C obligatorio:
Todos los dispositivos cubiertos deben ser compatibles con la carga por USB Tipo C si utilizan carga por cable. El puerto debe permanecer accesible y operativo en todo momento. - Elección del consumidor:
Los fabricantes deben permitir a los consumidores comprar dispositivos con o sin cargador. - Etiquetado claro y transparencia:
La información debe estar claramente visible en el embalaje, las listas de productos y los manuales, incluyendo:- Si se incluye un cargador (utilizando un pictograma estándar),
- El voltaje mínimo y máximo del dispositivo para una carga óptima,
- Compatibilidad con USB PD (Power Delivery) u otros protocolos.
El reglamento se aplica a una amplia gama de dispositivos, entre ellos:
- Teléfonos móviles
- Tabletas
- Cámaras digitales
- Auriculares
- consolas de juegos portátiles
- Altavoces portátiles
- Lectores electrónicos
- Teclados
- Ratones
- Sistemas de navegación portátiles
- Computadoras portátiles
El reglamento no se aplica a:
- Dispositivos utilizados exclusivamente para la seguridad pública, la defensa o la seguridad nacional
- Dispositivos usados o reacondicionados fabricados o importados antes de que entre en vigor el reglamento
Establece que las normas técnicas IEC referenciadas (IEC 62680-1-2:2024 e IEC 62680-1-3:2024) deben ser adoptadas formalmente por el organismo nacional de normalización de Chile (INN) dentro de los tres meses siguientes a la publicación de la normativa en el Diario Oficial.