Nueva ley que exige la interoperabilidad de los cargadores

Chile - Nueva ley que exige la interoperabilidad de los cargadores
Publicado por el administrador en Chile - 27-MAY-25
En línea con los esfuerzos mundiales para reducir los residuos electrónicos y mejorar la comodidad del usuario, Chile ha promulgado una nueva ley que exige la interoperabilidad entre dispositivos móviles y cargadores.

La Ley Nº 21.695 , publicada en octubre de 2024, modifica la Ley de Defensa del Consumidor del país (Ley Nº 19.496) introduciendo el artículo 12 C, que establece un principio claro:

Un cargador, múltiples dispositivos.

Requisitos clave:
  • USB Tipo-C obligatorio:
    Todos los dispositivos cubiertos deben ser compatibles con la carga por USB Tipo C si utilizan carga por cable. El puerto debe permanecer accesible y operativo en todo momento.
  • Elección del consumidor:
    Los fabricantes deben permitir a los consumidores comprar dispositivos con o sin cargador.
  • Etiquetado claro y transparencia:
    La información debe estar claramente visible en el embalaje, las listas de productos y los manuales, incluyendo:
    •  Si se incluye un cargador (utilizando un pictograma estándar),
    •  El voltaje mínimo y máximo del dispositivo para una carga óptima,
    •  Compatibilidad con USB PD (Power Delivery) u otros protocolos.

 El reglamento se aplica a una amplia gama de dispositivos, entre ellos:
  •  Teléfonos móviles
  •  Tabletas
  •  Cámaras digitales
  •  Auriculares
  •  consolas de juegos portátiles
  •  Altavoces portátiles
  •  Lectores electrónicos
  •  Teclados
  •  Ratones
  •  Sistemas de navegación portátiles
  •  Computadoras portátiles

 El reglamento no se aplica a:
  •  Dispositivos utilizados exclusivamente para la seguridad pública, la defensa o la seguridad nacional
  •  Dispositivos usados o reacondicionados fabricados o importados antes de que entre en vigor el reglamento

 Establece que las normas técnicas IEC referenciadas (IEC 62680-1-2:2024 e IEC 62680-1-3:2024) deben ser adoptadas formalmente por el organismo nacional de normalización de Chile (INN) dentro de los tres meses siguientes a la publicación de la normativa en el Diario Oficial.

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