Esta actualización modifica el apartado 5 de la norma anterior, añadiendo un nuevo epígrafe (5.13) que establece los requisitos técnicos bajo los cuales, en adelante, deberán regirse los Sistemas de Acceso Inalámbrico incluyendo Red de Área Local de Radio (WAS/RLANs) que operen en la banda de 6GHz. .
Esta enmienda a la LP0002 considera el uso de la banda U-NII-5 (5.945 - 6.425 GHz) en el país y además establece requisitos técnicos como Frecuencia de Operación, Límite de Potencia Transmitida, limitaciones de Densidad Espectral de Potencia, Emisiones Fuera de Banda, etc… para dispositivos destinados a operar en esa banda mediante clasificaciones como LPI, VLP, NB, Wideband… que determinarán qué requisitos/restricciones técnicas se aplicarán al dispositivo en función de su clasificación.
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