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México revoca los folios de importación y restaura los procedimientos normales

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02-JUN-23

México ha tomado la decisión de anular dos folios de importación que se implementaron durante la pandemia del Covid-19, restableciendo así los procedimientos normales para la importación de productos al país. La Secretaría de Economía (SE) emitió una resolución el 25 de mayo de 2023 (DGN.191.01.2023.1221 / DGFCCE.516.2023.1345), dejando sin efecto las siguientes resoluciones publicadas por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) y la Dirección General de Normas (DGN):

  • Folio 414.2020.827: Originalmente publicado el 26 de marzo de 2020, este folio permitía la importación de productos después del 27 de marzo de 2020, siempre y cuando las solicitudes se presentaran ante un Organismo de Certificación (OC) o Unidad de Verificación mediante un número de folio proporcionado por los EC.
  • Folio 414.2020.963: Originalmente publicado el 14 de abril de 2020, este folio permitía la importación de productos después del 27 de marzo de 2020, si las solicitudes se presentaban a un Laboratorio de Pruebas a través de un número de folio proporcionado por el Laboratorio de Pruebas.

La DGFCCE y la DGN han tomado esta medida debido a que las circunstancias que justificaron la implementación de estos folios durante la pandemia ya no son válidas en la actualidad. Como resultado, los folios vigentes registrados en el sistema Aduana-Normas perderán su validez el 23 de agosto de 2023.


La autoridad competente ha informado oficialmente el 25 de mayo de 2023 que las facilidades excepcionales para el despacho aduanero de mercancías sujetas al cumplimiento de la NOM, que permitían utilizar únicamente el formulario de solicitud formal, han sido invalidadas. Esto se debe a que las operaciones de los Organismos Evaluadores de la Conformidad han vuelto a la normalidad y ya no prevalecen las circunstancias que dieron origen a estas facilidades temporales.


En consecuencia, se establece un plazo de 30 días hábiles para presentar las solicitudes de folios a los Organismos de Evaluación de la Conformidad a partir de la fecha de publicación del oficio, es decir, hasta el 6 de julio de 2023. Después de esa fecha, los folios de importación que estén debidamente registrados en el portal oficial correspondiente expirarán el 23 de agosto de 2023.


Con esta medida, México busca restablecer los procedimientos estándar para la importación de productos, permitiendo a los importadores retomar su planificación normal de certificaciones para sus actividades comerciales. Es importante que los actores involucrados en el comercio exterior estén al tanto de estos cambios y se ajusten a los nuevos requisitos establecidos por las autoridades competentes.

Mire la Resolucion oficial que anula los folios  en el siguiente link: https://www.snice.gob.mx/~oracle/SNICE_DOCS/OFICIO-51620231345-NOMS_20230525-20230525.01.2023.1221_516.2023.1345.pdf

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