SDPPI establece estándares técnicos para LPWAN no celular

Indonesia - SDPPI establece estándares técnicos para LPWAN no celular
Publicado por el administrador en Indonesia - 09-JAN-24
Tras una consulta pública previa sobre las normas técnicas para equipos de telecomunicaciones de redes de área amplia no celulares de baja potencia , el Ministerio de Comunicaciones e Informática de la República de Indonesia (SDPPI) publicó KOMINFO Keputusan ( Decreto KOMINFO ) No. 05 de fecha 3 de enero de 2024. .

Esta decisión del SDPPI consta de los siguientes puntos:

  1. 1.- Establecer normas técnicas para Equipos de Telecomunicaciones LPWAN no celulares según lo establecido en el presente Decreto Ministerial anexo.

  2. 2.- Los Equipos de Telecomunicaciones LPWAN no celulares deberán estar permanentemente cerrados de fábrica de manera permanente para que solo operen en la banda de radiofrecuencia estipulada en el presente Decreto Ministerial.

  3. 3.- El cumplimiento de las normas técnicas para equipos de telecomunicaciones LPWAN no celulares estipuladas en el primer párrafo de esta decisión se acredita mediante certificados de equipos de telecomunicaciones de conformidad con lo establecido en las leyes y reglamentos.

  4. 4.- El cumplimiento de las normas técnicas para equipos de telecomunicaciones LPWAN no celulares según lo estipulado en el primer párrafo de esta decisión en materia de radiaciones no ionizantes se determina mediante un Decreto Ministerial independiente.

  5. 5.- El cumplimiento de las normas técnicas para equipos de telecomunicaciones LPWAN no celulares según lo estipulado en el primer párrafo de esta decisión en relación con los requisitos de inmunidad en compatibilidad electromagnética (EMC) se determina mediante un Decreto Ministerial separado.

  6. 6.- Los informes de prueba de equipos de telecomunicaciones LPWAN no celulares emitidos antes de la entrada en vigor de este Decreto Ministerial podrán continuar presentándose para la certificación de equipos y/o dispositivos de telecomunicaciones siempre y cuando dichos informes no contradigan este Decreto Ministerial y/o o las disposiciones de las leyes y reglamentos.

  7. 7.- El presente Decreto Ministerial entra en vigor en la fecha de su estipulación ( 3 de enero de 2024 ).

 Para acceder a la Decisión Ministerial completa y sus anexos, no dude en contactarnos.

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